Tras el cambio producido en el sistema del reparto de ayudas con cargo al 0.7% del IRPF como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de enero de 2017, AFA está participando en las reuniones que se están celebrado entre la Consejería de Asuntos Sociales y la Mesa del Tercer Sector de Andalucía, de la que formamos parte, donde se nos está informando de la convocatoria que se publicará en Andalucía.

Os trasladamos las noticias que sobre este tema tenemos hasta el momento:

 

  • La publicación de la Orden con las Bases se realizará a finales de julio. La convocatoria será por concurrencia competitiva y se publicará a principios de agosto.

 

  • Las entidades tendrán un plazo de 30 días para solicitarla.

 

  • El presupuesto asignado a Andalucía este año es de 39.200.000€.

 

  • Al tratarse de un año de transición, es intención de la Junta de Andalucía separarse lo mínimo de las convocatorias anteriores, siempre con la necesaria adecuación a la normativa autonómica.

 

  • Igualmente, se quiere garantizar en esta convocatoria los proyectos de inversiones ya iniciados.

 

  • En cuanto a la incompatibilidad con otras subvenciones de la Junta de Andalucía se ha elevado consulta a Intervención, si bien la intención es que este año no haya incompatibilidades.

 

  • El formulario de solicitud se asemejará mucho a los de las convocatorias de subvenciones de la Junta y no al del Ministerio. Puede servir como referencia el formulario de subvenciones en materia de discapacidad o el de garantía alimentaria de la Junta de Andalucía.

 

  • Podrán acceder a las mismas las entidades privadas sin ánimo de lucro cuyo objeto o fin social sea la atención de personas o colectivos en situación o riegos de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de vulnerabilidad y que actúen en Andalucía.

 

También podrán acceder federaciones, confederaciones o persona jurídica similar que integren varias entidades miembros, pudiendo en este caso intervenir la entidad aglutinadora como solicitante y las entidades miembros como ejecutantes.

En todo caso, tanto la ejecutante como la solicitante deben estar inscrito en el Registro de entidades, servicios y centros de servicios sociales regulado por RD 87/1996, de 20 de febrero.

Tenemos a vuestra disposición el cuadro resumen de las bases reguladoras para que lo analicéis y hagáis todas las aportaciones que consideréis conveniente. Pueden solicitarlo llamando por teléfono al 954091988 o por correo a aordonez@afandaluzas.org. Es muy importante contar con vuestra opinión. El plazo máximo para la recepción de alegaciones es hasta mañana día 30, a las 15:00hs