DE UNA PARTE, D. Jaume Iglesias Sitjes, con DNI nº 14.410.200-X, en nombre y representación de la Coordinadora Catalana de Fundacions, con domicilio social en Provença, 304 1r 3ª, de Barcelona, y CIF G-59053538, en su condición de Presidente. En adelante CCF.

Y DE OTRA PARTE, D. Antonio-Claret García García, con DNI nº 22.897.883-A, en nombre y representación de la Asociación de Fundaciones Andaluzas, con domicilio social en Av. San Francisco Javier , 24, edificio Sevilla-1, 3ª Planta, módulo 4, de Sevilla, y con CIF G-91283325, en su condición de Presidente. En adelante AFA.

Las partes se reconocen mutuamente capacidad para otorgar el presente acuerdo, y a los efectos.

MANIFIESTAN
I – Que la Asociación de Fundaciones Andaluzas es una entidad sin ánimo de lucro, que desarrolla su actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

II – Que la Coordinadora Catalana de Fundacions es, igualmente, una entidad sin ánimo de lucro que opera en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

III – Que ambas tienen como fines fundamentales ser cauce, y lugar de encuentro y cooperación, constituir una voz propia de defensa y representación, impulsar iniciativas de interés general y difundir en la sociedad la importancia de la acción social que desarrollan las fundaciones, dentro de sus correspondientes ámbitos territoriales.

IV – Que ambas tienen intereses comunes como son: ampliar el conocimiento que de las fundaciones tiene la sociedad, la mejora del marco legislativo aplicable a estas entidades, o la mejora de los servicios y actividades que realizan a favor de sus asociados.

V – Que en virtud de cuanto antecede están dispuestas a firmar el presente acuerdo en base a las siguientes.

ESTIPULACIONES
PRIMERA.- La Coordinadora Catalana de Fundacions y la Asociación de Fundaciones Andaluzas trabajarán conjuntamente, desde la firma de este convenio, en la consecución de los fines comunes constituyéndose en fuente y apoyo mutuos, e intercambiando conocimientos y experiencias a través de los cauces que acuerden como más propicios para ello.

SEGUNDA.- Todo lo anterior se desarrollará en base a las siguientes líneas de actuación conjunta:

Las partes firmantes de este Convenio realizarán los actos necesarios para que las Fundaciones asociadas a cada una de ellas entren en contacto, creando grupos de trabajo entre las pertenecientes al mismo sector, en los que se pondrán en común los métodos de actuación y de difusión, así como posibles fuentes de financiación, en pro a que la mencionada puesta en común revierta en una progresiva mejora de cada sector.

Cooperarán de forma activa en lograr la mejora del marco legislativo en materia de Fundaciones, en virtud de su papel de interlocutoras entre el colectivo de fundaciones y las Administraciones Públicas, para lo que atenderán a las opiniones de las Fundaciones en esta materia, e intercambiarán las conclusiones y las mejoras que se alcancen en sus respectivas Comunidades Autónomas.

Colaborarán en la realización de cursos, jornadas y seminarios, que sean de interés para sus asociados, facilitándose mutuamente toda la información de los cursos que cada una realice en su Comunidad Autónoma, sirviendo esta medida de orientación recíproca sobre las cuestiones que más interesan a las Fundaciones, en cada momento.

Estarán en permanente contacto, valorando la conveniencia de establecer encuentros periódicos, en orden a compartir las nuevas medidas de actuación o mejora de los servicios que cada una vaya introduciendo en su actividad diaria.

Negociarán convenios comunes con empresas para alcanzar posiciones más ventajosas que beneficien a todas las fundaciones asociadas a cualquiera de ambas entidades.

Colaborarán en la edición y difusión de aquellas publicaciones que sean de interés general para el sector.
Todo ello sin perjuicio de que en el transcurso de su relación puedan establecer entre sí, y de común acuerdo otras vías de colaboración.

TERCERA.- A los efectos de implementar y desarrollar las posibilidades del presente Acuerdo, se creará una Comisión de Seguimiento, de carácter delegado y estructura paritaria que deberá reunirse al menos una vez al año y que estará compuesto por cuatro miembros:

Los Presidentes firmantes del presente Acuerdo y/o los que les sucedan.

Los actuales Gerente y Director Gerente de la CCF y AFA, Sra. Alba Molas Rifá y Juan Luis Muñoz Escassi, y/o los que les sucedan.
Una vez al año dicha Comisión de Seguimiento deberá elaborar un informe global de sus actuaciones con el objeto de que sea presentado y, en lo menester, aprobado por las respectivas Juntas Directivas de ambas Asociaciones.

CUARTA.- La duración del presente Convenio tendrá carácter indefinido, y podrá extinguirse por renuncia expresa de cualquiera de las partes, hecha con una antelación de un mes a la fecha de extinción.

Ambas partes se comprometen a difundir el presente Convenio entre las Fundaciones asociadas a cada una de ellas, y a la sociedad en general, por los cauces habituales de comunicación de los que dispongan, así como las actividades que emprendan conjuntamente a lo largo de la vida del mismo.

La Coordinadora Catalana de Fundacions y la Asociación de Fundaciones Andaluzas, representadas en este acto por sus presidentes, se comprometen desde este momento a iniciar las actuaciones necesarias para la consecución de los principios y fines que ambas han manifestado perseguir en este Convenio, así como los que eventualmente se susciten en el transcurso de su desarrollo.

Y para que surta los efectos oportunos, firman el presente documento.

En Sevilla, a 11 de mayo de 2004

D. Jaume Iglesias Sitjes
Presidente de la Coordinadora Catalana de Fundacions

D. Antonio-Claret García García
Presidente de la Asociación de Fundaciones Andaluzas