La Asociación de Padres y Madres de personas con Trastornos del Espectro del Autismo (TEA), Autismo Sevilla, se suma a la reclamación de la familia de un menor de 10 años, diagnosticado de autismo y que recibe servicios de la asociación, ante la situación que se repite por tercer curso consecutivo: le ha sido denegada su solicitud de comedor porque no reúne los puntos suficientes al encontrarse la madre en situación de desempleo.

En el caso de las familias de personas con autismo o con otras discapacidades, la situación de desempleo además viene dada por las necesidades de cuidado y apoyo que requieren sus hijos e hijas, que hacen imposible que puedan trabajar ambos progenitores.

En la actualidad, los criterios de acceso a estos servicios que ofrecen los centros escolares, y tal y como la propia Consejería de Educación le ha expuesto a la familia afectada, se enfocan exclusivamente a la conciliación entre la vida laboral y familiar.

En el caso de este menor en concreto, y tal y como han determinado los terapeutas que lo atienden en Autismo Sevilla a través de diversos informes, su situación mejoró mucho durante la etapa en la que estuvo asistiendo al servicio de comedor de su colegio ya que “generalizó los avances conseguidos en el comedor a otros contextos, como la propia casa familiar o los bares, mejorando su calidad de vida y por ende de sus padres”. Asistir al comedor para este menor, así como para la gran mayoría de las personas con autismo, es fundamental y necesario para mejorar sus habilidades sociales, su bienestar físico y emocional, así como reducir su ansiedad ante la comida. Todo esto supone la mejora de su calidad de vida y la de toda su familia.

Los padres del alumno, que han elevado el caso al Defensor del Pueblo que los está apoyando y que confirma haber recibido más quejas en este sentido, quiere que se modifiquen los criterios de admisión recogidos en el Decreto 6/2017, de 16 de enero, por el que se regulan los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares.

El hecho de que las personas con discapacidad se queden fuera de este tipo de servicios, puede resultar discriminatorio cuando la propia Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, recoge en su artículo 5.2 refiriéndose al ‘Principio de Buena Administración’ que en la organización y gestión de los servicios públicos se tendrán especialmente en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad.

Desde Autismo Sevilla, nos sumamos a la reclamación y preocupación de esta familia con el objetivo de que se establezca un cupo de reserva para el alumnado con necesidades educativas de apoyo educativo, al igual que existe para las aulas.