La persistencia de los efectos negativos sobre las empresas y el empleo de la situación de emergencia sanitaria causada por el COVID-19 ha motivado la convocatoria por parte de la Junta de Andalucía de una nueva subvención dirigida al mantenimiento del empleo asalariado en empresas afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo tras la declaración del estado de alarma.

Esta línea de subvención, gestionada por el Servicio Andaluz de Empleo, podrán solicitarla empresas, excluidas las del sector público, de hasta 20 trabajadores, con centro de trabajo en Andalucía, pertenecientes a los sectores recogidos en el Anexo I de la normativa reguladora y que se han visto afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 20 de abril de 2021, ambas fechas inclusive.

En este sentido, se entenderá empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica, incluida las personas trabajadoras autónomas y las entidades sin ánimo de lucro.

La subvención se destina a sufragar los costes laborales de las personas trabajadoras, incluido el salario y la Seguridad Social, a cargo de la empresa. Ésta consistirá en una cuantía a tanto alzado que resultado de realizar una operación matemática que se contiene en el texto de la norma, calculada en función del número de personas que están trabajando en el momento de la solicitud y su jornada efectiva y real de trabajo.

El plazo para solicitar esta ayuda se extiende desde el 30 de marzo hasta el 21 de abril de 2021, debiendo las solicitudes cumplimentarse en el modelo del Anexo III que estará disponible en la Ventanilla Electrónica Servicio Andaluz de Empleo a través de la siguiente dirección electrónica: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/.

Puedes consultar el texto del Decreto, pinchando aquí.

 

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